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CIRCULAR


Martes, 4 de diciembre del 2018

Comisión negociadora (Día cobro y prorrateo extras) (IV).


El día 3 se reunió la mesa negociadora en su cuarta negociación dentro del periodo de consultas que se había interrumpido por las elecciones sindicales a petición de la parte social.


En la mesa de negociación la empresa sólo admite los dos temas para los que se convoca:
  • · Modificación del día de cobro al penúltimo día del mes.
  • · Prorrateo de pagas extras a 12 meses.

Tras una serie de valoraciones y comentarios de las distintas secciones sindicales la empresa fijó fecha de la próxima reunión para el 17/12/2018 fecha en la que se tiene que llegar a acuerdo o la empresa aplicará de forma unilateral su propuesta. Para la fecha fijada se pide una propuesta consensuada por la mayoría sindical y a coste cero.
 

¿Cuál es la posición de STC-CIC?
 
·
Modificación del día de cobro al penúltimo día del mes:
 

Esta casuística afecta directamente al personal procedente de CCM que por un pacto de empresa tiene fijado como fecha de cobro el día 25, en el resto de los territorios ya estábamos cobrando en la fecha indicada.
 

STC-CIC propuso modificar la fecha a todos para el día 25 ya que aporta las siguientes ventajas:

o Porque es una fecha cierta para todos, en lugar del penúltimo día hábil de cada mes.

o Resuelve los problemas que se planteaban también sobre el pago de los préstamos de los compañeros con origen en CCM.

o Se volvería a la fecha de pago que tenían los empleados de origen Caja Cantabria y Extremadura y al resto de los compañeros no tendrían ningún inconveniente en cobrar dos o tres días antes.
 

La empresa no admite el cambio al día 25 alegando que tiene problemas.
 

Si se toma en consideración el cambio al penúltimo día hábil STC-CIC considera que se tiene que modificar las fechas de liquidación y pago de préstamos de los empleados y sin coste para los mismos.
 

· Prorrateo de pagas extras en 12 mensualidades:
 

STC-CIC insiste que una parte importante de la plantilla, a la que representamos, se rige por el convenio colectivo y no tiene consolidadas las 1,5 pagas, a diferencia de otros compañeros que se rigen por acuerdos de empresa vigentes desde antes de la constitución de Liberbank y en los que han tenido que subrogarse.
 

STC-CIC en todas las negociaciones a las que concurre tiene como una de sus premisas básicas la no discriminación entre los trabajadores y si se firma este acuerdo y no se consolidan las 6,5 pagas un 30% de la plantilla que se rige por el convenio colectivo, además de estar discriminados, podrían ver truncadas sus expectativas de cobrar esas pagas en el futuro.
 

STC-CIC propuso que el prorrateo se realice a 14 pagas, en lugar de las 12 planteadas, para mantener las pagas extra de verano y navidades tal y como nos lo solicitan muchos compañeros.

 


En STC-CIC seguiremos trabajando con honestidad, seriedad y rigor en los complicados momentos que nos está tocando vivir.

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