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CIRCULAR


Jueves, 2 de noviembre del 2017

La Audiencia Nacional anula los preceptos inconstitucionales del art. 43.3 del Convenio Colectivo, dando la ra

 

El pasado 23 de octubre, la Audiencia dictó sentencia favorable a la demanda interpuesta por CIC, anulando el art. 43.3 por considerar que contiene preceptos que conculcan la legalidad vigente y concretamente incurría en un supuesto de retroactividad proscrita por el art. 9.3 de la Constitución Española.
 
Este es un importante revés a ese tipo de sindicalismo en el que se “mercantilizan” los derechos de los trabajadores, a cambio de prebendas sindicales, también es un duro revés para las pretensiones de la Patronal del sector, enviándole un claro mensaje: NO TODO VALE.
 
Nuestras iniciativas benefician a todos los empleados del sector, es el compromiso que adquirimos y que da sentido a nuestras acciones. Es el concepto de solidaridad que estamos dejando patente a través de hechos.
 
Desde CIC estamos dispuestos a recuperar la dignidad en nuestro sector, nos lo hemos propuesto como principal objetivo, para ello contar con vuestro apoyo es imprescindible.
 
 
Estamos seguros que compartes nuestros valores, afíliate con nosotros, participa.

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